Metztli Molina/El Contribuyente
CIUDAD DE MEXICO, 03 de junio de 2022./Metztli Molina/El Contribuyente.- Los recibos de nómina sin la información necesaria no podrán ser timbrados y, por lo tanto, las empresas tampoco podrán deducir estos gastos
El primero de julio comenzará a ser obligatorio el uso de la factura electrónica en su versión 4.0, por lo cual los contribuyentes deben emitir sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con sus datos actualizados, en caso de que estén incorrectos, no podrán timbrar sus recibos.
Para ello, las empresas están solicitando a los trabajadores su Constancia de Situación Fiscal. Con este documento los patrones tendrán acceso a información para cumplir con los requisitos que impuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la emisión del CFDI, incluidos los recibos de nómina en su nueva versión.
Según el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación (CFF), los recibos que se emitan incompletos no podrán ser acreditables ni deducibles de impuestos para el receptor.
De acuerdo con Virgina Ríos, académica de la Maestría en Impuestos de la Universidad Panamericana, el CFF establece que es una infracción no expedir o no entregar el CFDI al cliente o darlo sin los requisitos que exige el CFF y el SAT, y el artículo 84 señala que la multa por esta falta puede ir de 17 mil 20 pesos a 97 mil 330 pesos para los contribuyentes en general.
En caso de reincidencia puede haber clausura del negocio de 3 a 15 días. Por esa razón las empresas no quieren arriesgarse a emitir un CFDI incorrecto porque después podrían solicitarles la reposición o incluso pudieran ser multados, reporta El Financiero.
Como informamos, los empresarios no pueden aplicar multas a los empleados porque está prohibido y, en consecuencia, si no entregan la Constancia de Situación Fiscal a su empleador, no les puede negar el pago de su salario, así lo establece el articulo 107 de la Ley Federal del Trabajo.
No habrá prórroga
En entrevista con El País, Ramiro Ávalos, vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), dijo que el tiempo para el cumplimiento de estas obligaciones fiscales es insuficiente.
“Pedimos una prórroga hasta el 1 de enero de 2023 para que se tenga tiempo suficiente de emitir la situación electrónica y no se castigue con la deducibilidad”, señaló.
Por su parte, Raúl Zambrano Rangel, administrador general de Servicios al Contribuyente del SAT, dijo al diario que el fisco no está considerando dar una prórroga, debido a que ya han pasado ocho meses para la migración a la factura a 4.0.
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