miércoles , noviembre 6 2024

Apoya Manuel Cota reformas en materia agraria que benefician a las mujeres

+ Aprueban en el senado reformas que ofrecen igualdad de oportunidades para mujeres en los ejidos.

+ Se les reconocen sus derechos como sujetos agrarios

+ Se brinda certeza jurídica al núcleo ejidal

CIUDAD DE MEXICO, 10 de Noviembre de 2016.- El senador Manuel Cota fijó su postura a favor de cinco reformas a la Ley Agraria en la que se impulsa una verdadera participación de la mujer en los ejidos y/o comunidades, se establece igualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre, así como brindar mayor certeza jurídica a los núcleos ejidales.

La reforma al artículo 37 de la Ley, tiene el propósito de equilibrar las oportunidades tanto de hombres como de mujeres.

Para ello se establece que las mujeres cuenten con una mayor participación en la toma de decisiones dentro de las autoridades u órganos de los ejidos o comunidades. Al respecto, comentó el senador Cota la importancia de impulsar su capacitación y habilidades de fomento productivo, de gestión y dirección de las unidades productivas.

Los puestos de elección que integran el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia, deberán integrarse por no más del sesenta por ciento de candidatos de un mismo género, pudiendo aspirar a cualquiera de los puestos indistintamente.

Otra reforma aprobada reconoce los derechos de las mujeres como sujetos agrarios, en igualdad de condiciones con los ejidatarios del género opuesto y establece que en el tema de los sucesores de derechos ejidales, el ejidatario podrá designar a uno de los hijos o hijas.

Sin embargo, el dirigente cenecista consideró que las mujeres, esposas de los ejidatarios titulares, en ausencia de los mismos, regularmente asumen la responsabilidad. Ellas, añadió, han demostrado una gran capacidad para llevar adelante a las familias y además son muy puntuales en cuestiones de asuntos financieros.

Para dar certeza jurídica al núcleo ejidal se aprobó una reforma para que en caso de que se desconozca el domicilio o ubicación de las personas que gozan del derecho del tanto, tratándose de la enajenación de derechos parcelarios, la notificación será válida cuando se haga ante el comisariado con la participación de dos testigos o ante fedatario público.

Debido a fenómenos como la movilidad social o migración, precisó el senador Cota Jiménez, en ocasiones se dificulta que los familiares sean notificados por desconocimiento de sus domicilios, lo que representa un impedimento para ejercer su derecho.

En materia de seguridad jurídica también se aprobó una reforma para armonizar y actualizar las leyes secundarias que se vinculen con la Ley de Amparo.

De manera que los tribunales agrarios provean las diligencias precautorias necesarias para proteger a los interesados. Asimismo, podrán acordar la suspensión del acto de autoridad en materia agraria que pudiere afectarlos en tanto se resuelve en definitiva.

La otra reforma que se aprobó establece la prohibición de los latifundios en las superficies de tierras agrícolas, ganaderas o forestales que, siendo propiedad de un solo individuo, excedan los límites de la pequeña propiedad.

Con estas reformas, aseguró el senador Manuel Cota, se reconoce el derecho de las mujeres de asumir mayores responsabilidades en torno a la operación y desarrollo de los ejidos y se otorgará seguridad en la tenencia de la tierra.

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