jueves , noviembre 21 2024

CEDH-Chiapas radica queja de oficio ante el caso de menor indígena

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 13 de Marzo de 2014.- La visitadora general especializada en asuntos de la mujer de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) Jakelin Mercedes Sauza Marín, dijo que se radicó queja de oficio con número de expediente CEDH/0293/2014, levantada en la ciudad de San Cristóbal de Las Casas, especificando la naturaleza de la queja como abuso de autoridad, responsabilidad de servidores públicos, detención arbitraria, violación del derecho a la integridad de los menores y extorsión; en contra del presidente municipal y juez conciliador del ayuntamiento de San Juan Chamula.

Sauza Marín mencionó que en relación a la detención de la menor de 14 años quien abandonó a su esposo en el municipio de San Juan Chamula, los familiares de la niña denunciaron tales acontecimientos donde señalan que el juez de paz y conciliación indígena, Ricardo López Hernández fue quien ordenó la aprehensión de la joven; cabe hacer mención que el organismo defensor de los derechos humanos se abocó desde el pasado 11 de marzo a constituir los hechos.

Los familiares de la indígena Tsotsil Roxana Roxana «N», indicaron que en agosto del año pasado se unió sentimentalmente con un hombre originario del paraje Baalchén municipio de San Juan Chamula, tres meses después se separaron porque la menor tuvo problemas con la familia de su pareja por lo que retornó con sus familiares al poblado Tojchotic, municipio de Mitontic.

Roxana «N», fue citada por autoridades de Mitontic a principios de este mes, donde le notificaron que debía pagar 24 mil 700 pesos, como multa por haber abandonado a su pareja, como los familiares de Roxana no tenían la cantidad a pagar, el esposo acudió al juez de paz y conciliación indígena de San Juan Chamula, quien ordenó que la menor fuera encarcelada.

Por último la visitadora general especializada en asuntos de la mujer recalcó que la CEDH continúa recabando información por parte de las personas involucradas en este hecho para deslindar responsabilidades y evitar o en su caso resarcir los daños que se le ocasionaron a la menor.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

2 × tres =