viernes , noviembre 22 2024

CEDH emite medida precautoria a la SSyPC

+ El organismo defensor de los derechos humanos prevé posibles violaciones a los derechos humanos de difícil o imposible reparación

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 22 de Diciembre de 2014.- Al radicar de oficio de cuadernillo de seguimiento a la publicación de Elio Enríquez efectuada en la ciudad de San Cristóbal de las Casas titulada, «denuncia Frayba amenazas contra familia simpatizante del EZLN», en donde substancialmente se refiere: «El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (Frayba) denunció que 17 familias simpatizantes del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), que se posesionaron de un terreno baldío en el municipio de las Margaritas, fueron agredidas y enfrentaron la amenaza de desplazamiento por integrantes de la Central Independiente Obrera Agrícola Campesina Histórica (CIOAC-H)».

Ante estos sucesos y dentro del marco de competencia y atribuciones de esa institución a su digno cargo, se solicita se implementen las Medidas Precautorias y Cautelares, necesarias y eficaces, a efecto de garantizar e integridad de los pobladores de la comunidad Primero de Agosto del municipio de Las Margaritas, Chiapas esto con la finalidad de evitar violaciones de derechos humanos y garantías fundamentales de difícil o imposible reparación.

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió medida precautoria número CEDH/MPC/01/2014, al Comisario General y Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSyPC) Jorge Luis Llaven Abarca, por la posible violación a los derechos humanos de los pobladores del municipio de Las Margaritas, Chiapas.

La CEDH cumpliendo con las garantías de legalidad y seguridad jurídica, estipuladas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus numerales 1 y 16, en los que se estipula que toda persona gozará de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano y a no ser molestado en su persona y en sus bienes; y ante el riesgo en que se pudieran encontrar los pobladores de la comunidad Primero de Agosto municipio de Las Margaritas; conforme a los artículos 13, 37, fracción VIII y 52 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

19 − 2 =