viernes , noviembre 22 2024

Confirma el Tribunal Electoral la validez de la elección en los municipios de Ixtapa, Tuxtla Chico y Villa Corzo

TUXTLA GUTIÉRREZ, Chiapas, 22 de agosto de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), en sesión pública de resolución, confirmó la declaración de validez de las elecciones en los municipios de Ixtapa, Tuxtla Chico y Villa Corzo.

Al resolver los juicios de inconformidad, donde las partes actoras solicitaban la nulidad de algunas casillas, así como la nulidad de la elección en mencionados municipios, el pleno determinó como infundados los agravios manifestados debido a que no se aportaron elementos probatorios y se incumplió con la correspondiente carga procesal.

Sólo se declaró fundado el agravio en una casilla relacionada al proceso en el municipio de Ixtapa, por lo que se modificó el cómputo municipal, que no fue determinante para el resultado de la elección.

En consecuencia, se confirmó la declaratoria de validez de las elecciones y entrega de las constancias a las fórmulas que resultaron ganadoras a las presidencias municipales de Ixtapa, a favor de Roberto Jordán Aguilar Pavón, del Partido del Trabajo; de Tuxtla Chico, a favor de Julio Enrique Gamboa Altuzar, de la coalición “Fuerza y Corazón por Chiapas”, y de Villa Corzo, donde el voto de la ciudadanía benefició a José Ignacio Nagaya Vicente, del Partido Verde Ecologista de México.

En otros asuntos, este órgano jurisdiccional revocó los expedientes TEECH/JDC/184/2024, TEECH/JDC/194/2024 y confirmó el juicio de la ciudadanía 199/2027, todos en contra de diversas resoluciones emitidas por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas.

Finalmente, la magistraturas determinaron sobreseer el juicio de la ciudadanía 209/2024 en contra del acuerdo emitido por el IEPC en el que se dio respuesta a la consulta realizada respecto a la asignación de regidurías; asimismo, se desechó el recurso de apelación 118/2024 en contra de la negativa del registro de representaciones en las mesas de casillas para el proceso electoral extraordinario 2024, y se sobreseyó el juicio de inconformidad municipal 079/2024, contra la omisión de designar a un abogado para participar en el desahogo de las audiencias de pruebas y alegatos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

cinco × dos =