ADN Político
CIUDAD DE MEXICO, 26 de Abril de 2018./ADN Político.– La propiedad de dos departamentos ubicados en Copilco, en la Ciudad de México, es el tema de disputa entre los candidatos a la presidencia José Antonio Meade, de la coalición «Todos por México», y Andrés Manuel López Obrador, de «Juntos Haremos Historia».
Meade dice que son suyos, pues López Obrador aseguró durante el primer debate que si demostraba que estaban a su nombre “se los regalaría”, mientras que el morenista revira que desde hace más de 10 años pertenecen a sus hijos.
José Higinio Núñez y Bandera, presidente de la Comisión de Comunicación del Colegio de Notarios de la Ciudad de México, comentó que el caso se trata de una adjudicación por causa de muerte derivada de un juicio sin testamento y de una donación de dos departamentos, realizados en escritura pública firmada ante un notario público de otra entidad, sin que dichos actos jurídicos estén inscritos en el Registro Público de la Propiedad (RPP) de esta Ciudad.
‘López Obrador sigue siendo el dueño’
Si bien existe la documentación de que los departamentos 301 y 302 de la calle Odontología 57 fueron transferidos a los hijos de López Obrador en 2005, tras la muerte de su primera esposa, Rocío Beltrán, los inmuebles aún aparecen a nombre del tres veces candidato a la Presidencia.
Núñez y Bandera reconoce que la transmisión por herencia y la donación otorgan la propiedad a los herederos y donatarios al momento en que los mismos la hayan aceptado válidamente y se haya firmado en escritura pública.
Sin embargo, explican los expertos consultados, esos movimientos no se registraron.
“Frente a terceros el señor López Obrador sigue siendo propietario”, afirma el notario Marco Antonio Espinoza Rommyngth, titular de la notaría 97 de la Ciudad de México
El notario explica que todos los movimientos sobre la propiedad deben estar inscritos en el Registro Público de la Propiedad (RPP) y que si existe la escritura de adjudicación –que ya presentó López Obrador– debe constar en el RPP, sino él sigue siendo propietario.
Sin embargo, Espinoza Rommyngt dice que es una posible omisión del notario por no haberlo reportado.
Con él coincide, Héctor Segovia, catedrático de la Universidad La Salle:
“En el registro público de la propiedad está a nombre de Andrés Manuel López Obrador, hay una omisión por parte del notario público de no haberlo registrado inmediatamente”.
Meade insiste en que AMLO miente
El domingo, durante el debate, el exsecretario de Hacienda afirmó que Andrés Manuel poseía tres departamentos no declarados por el candidato de Morena en su declaración 3 de 3 (patrimonial, fiscal y de intereses).
“Si existiesen esos tres departamentos a mi nombre, se los regalo”, contestó López Obrador.
No es la primera vez que se mencionó el caso, en 2016 el diario Wall Street Journal lo publicó. En ese entonces, el vocero César Yáñez explicó que no se había hecho el cambio porque estaba en un juicio intestamentario, pero que ya los había donado a sus hijos y que pronto lo registraría. Sin embargo, a la fecha, Andrés Manuel aparece como propietario.
El lunes pasado, Meade presentó folios reales del RPP sobre estas propiedades y pidió a López Obrador darle los dos departamentos –el tercero ya no porque ya no aparece a su nombre– para donarlos a víctimas del sismo del pasado 19 de septiembre.
El director jurídico del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), Ricardo Corona, explica que el folio real es el histórico de una propiedad y todo tiene que estar registrado ahí.
“De cualquiera de las situaciones hay constancias para poder decir en qué estatus está la propiedad, sino no hay situaciones, la última palabra te la da el folio real”, asegura.
Así también lo expone Núñez y Bandera.
«Legalmente frente a terceros, se presume que el titular registral es el propietario de dichos bienes por ser la persona a cuyo nombre se encuentran inscritos en el RPP», afirma.
¿Qué dice López Obrador?
El abanderado de la coalición «Juntos Haremos Historia» (Morena, PT y PES) defiende que no declaró estos departamentos en su 3 de 3 porque no son de él sino son de sus hijos y anexó los mismos documentos que presentó hace dos años al WSJ.
López Obrador señala que lo que cuenta es la escritura.
“(Meade) estudió derecho y debe de saber que lo que cuenta es el juicio legal, la escritura, no el registro de la propiedad en una oficina pública, lo que cuenta son los papeles de los juicios jurídicos y eso lo sabe cualquier abogado”, dijo en Valle de Chalco el lunes.
El artículo 3042 del Código Civil de la Ciudad de México señala que en el Registro Público de la Propiedad se inscribirán los títulos por los cuales se cree, declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga el dominio, posesión originaria y los demás derechos reales sobre inmuebles.
Espinosa Rommyngth añade que es responsabilidad del notario mandar al RPP la constancia de que efectivamente los inmuebles corresponden a los hijos, sino habría incurrido en una falta administrativa por no registrar a tiempo los movimientos.
“No basta con que esté en una sentencia, debe tener una escritura y esa escritura debe constar ante el registro público de la propiedad”, afirma.
Este trámite (hacer el cambio de propietario) dura entre 3 y 4 meses y tiene un costo de entre el 5 y el 7% del costo del inmueble.