+ La resolución será traducida al tzotzil y difundida en todo el municipio
TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 24 de Agosto de 2016.- El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) acordó en sesión extraordinaria y de manera unánime, dar cumplimiento a la resolución SUP-JDC-1654/2016 emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consistente en dar difusión a la sentencia que ordena la restitución inmediata de Rosa Pérez Pérez en la presidencia municipal de Chenalhó.
El Organismo Público Electoral Local (OPLE), deberá realizar diversas acciones para difundir el resumen oficial de la sentencia en tzotzil, lengua materna hablada por los habitantes del municipio referido y a través de los medios de comunicación que tengan cobertura en esta región de Los Altos de Chiapas. Para ello el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) realizará la traducción correspondiente.
En ese sentido las Consejeras y Consejeros Electorales del IEPC, se pronunciaron a favor de la sentencia del TEPJF argumentado que asienta un precedente en Chiapas a favor del combate a la violencia y discriminación de género, ya que esta resolución es una oportunidad para generar acciones políticas de sensibilización y construcción de la cultura cívica en las comunidades indígenas.
Por lo tanto y para dar cumplimiento a la resolución se instruyó al Secretario Ejecutivo del IEPC solicitar al INALI la entrega de la traducción del resumen oficial de la misma; y a la Junta Local Ejecutiva del INE en Chiapas, el catálogo de localidades y el número de electores por localidad del municipio de Chenalhó. Asimismo el IEPC elaborará, a través de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, un programa que establezca la logística para realizar la fijación del resumen de la resolución en el municipio referido, a través de un grupo de funcionarios que den cumplimiento a esta acción.
Además se solicitará el Instituto de Comunicación Social (ICOSO) del Gobierno del Estado, información sobre las emisoras de radio y televisión de su red que tengan cobertura en el municipio referido, y al recibir el resumen de la resolución traducido a lengua tzotzil se remitirá a ICOSO para su difusión en las emisoras con cobertura en la región.
En otro asunto del Orden del Día, el Consejo General del IEPC, aprobó el proyecto de acuerdo con motivo de la vista emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), en contra del ciudadano Fernando Castellanos Cal y Mayor y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), sobre supuestos actos anticipados de campaña concernientes al proceso local electoral 2014–2015.
En este sentido el consejero Manuel Jiménez Dorantes sugirió la revisión del asunto sobre la resolución del hecho juzgado para que el Consejo General brinde al asunto la mayor congruencia y aborde las causales de improcedencia. Más adelante el consejero Alex Walter Díaz García, hizo un resumen sustancial del proyecto de resolución y solicitó se incorpore un paquete de recomendaciones de precisión a la interpretación.
Por su parte el consejero electoral Jesús Pineda de la Cruz razonó que este asunto es de difícil interpretación y sanción, se apega a dos criterios de análisis para los actos anticipados de campaña. En su intervención, Laura León Carballo, consejera electoral dijo al respecto que es necesario reformar la ley electoral para tener elementos diferentes de apreciación y vigilar la sobreexposición mediática.
Oswaldo Chacón Rojas, Consejero Presidente del IEPC, afirmó que si bien se pone a consideración del pleno hechos valorados en su momento por el TEPJF, no debe suponerse que el IEPC será ciego, omiso, débil o condescendiente para conocer y, en su caso, sancionar con todo el peso de la ley, futuros actos de actores políticos, sean del partido que sean, que con el afán de tomar ventaja mediática de cara al próximo proceso electoral 2017-2018 utilicen subterfugios y fraudes a la ley para violentar la normatividad y los principios rectores.