TUXTLA GUTIERREXZ, Chiapas, 18 de Junio de 2015.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, en sesión pública celebrada el 18 de junio del año que transcurre, resolvió desechar el Juicio de Inconformidad presentado por Juan Rodulfo Calderón Yáñez, Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, por su presunta omisión para conocer de la denuncia por actos anticipados de precampaña en el municipio de Tuxtla Gutiérrez, atribuidos al ciudadano Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor. En su momento, el IEPC había decretado la improcedencia para el inicio del procedimiento administrativo sancionador correspondiente, por considerar que no existían elementos para instaurarlo.
El órgano jurisdiccional acordó el desechamiento por actualizarse la causal de improcedencia establecida en la fracción XII, del artículo 404, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.
En este asunto, que fue turnado a la Ponencia del Magistrado Miguel Reyes Lacroix Macosay, el Magistrado Arturo Cal y Mayor Nazar, Presidente del órgano colegiado, presentó excusa en términos de lo dispuesto por los artículos 483, inciso a) del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, 16, fracción XIII, y 17 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas; por lo que el Magistrado Mauricio Gordillo Hernández, por Ministerio de Ley, presidió la Sesión.