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El Tribunal Electoral “revive” de nuevo al Partido del Trabajo

MEXICO, D. F., 02 de Diciembre de 2015./Agencias.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la declaratoria de pérdida de registro del Partido del Trabajo (PT) emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Con la resolución a favor de cinco de seis magistrados se regresó al PT a la fase de prevención y se ordenó al INE contar los resultados que se obtengan en la elección del domingo próximo en el Distrito 01 de Aguascalientes, para decidir si esa fuerza alcanza el umbral de 3% de votación nacional obtenida en la elección federal, necesario para conservar el registro.

Los magistrados resolvieron que son inconstitucionales y, por tanto, inaplicables, el párrafo 1 inciso B del artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos y artículo 24 párrafo tercero de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

En el primer caso, porque no se apega al artículo 41 de la Constitución, que establece la pérdida del registro del partido que no obtenga al menos 3% del total de la votación nacional válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación de las cámaras del Congreso.

En cambio, las leyes secundarias restringen las elecciones a tomar en cuenta sólo a las ordinarias, “pero esto no se encuentra en la Constitución”, expuso la magistrada ponente, María del Carmen Alanis.

En el caso de la Legipe, los magistrados cuestionaron la parte que establece que podrá participar en una elección extraordinaria el partido que hubiera perdido su registro con anterioridad y siempre que haya tenido candidato en la elección ordinaria, situación que la mayoría consideró no apegada a la Constitución.

El magistrado Flavio Galván Rivera votó en contra de todo el proyecto.

Así, el Partido del Trabajo fue revivido por segunda vez por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Cinco de seis magistrados votaron a favor de permitirle buscar los votos que requiere para alcanzar el 3 por ciento de la votación requerida en las elecciones extraordinarias, que se celebrarán en el distrito 01 de Aguascalientes el próximo domingo.

La única voz disonante fue la del magistrado Flavio Galván, quien rechazó que un par de artículos de dos leyes electorales sean inconstitucionales, como señalaron sus colegas.

La magistrada ponente María del Carmen Alanís propuso inaplicar porciones de los artículos 94, párrafo primero, inciso b de la Ley de Partidos Políticos y artículo 24 párrafo tercero de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe). O sea, los consideró inconstitucionales.

“Como consecuencia de la revocación de la resolución que emitió el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en la cual declaró la pérdida del registro del partido político, esta declaratoria dejaría de surtir efectos jurídicos, debiendo regresar la situación del Partido del Trabajo al momento previo a la emisión de dicho acuerdo que declara la pérdida del registro”, explicó la magistrada.

Pero aclaró que dicha fuerza política se mantiene en la etapa de prevención que ya previamente había sido ratificada por esta Sala Superior, hasta en tanto se celebren las elecciones extraordinarias en el Distrito 01 de Aguascalientes para, concluidas éstas, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y posteriormente la Junta General Ejecutiva, tendrá que emitir la resolución correspondiente por lo que hace al registro del Partido del Trabajo.

Al PT deben devolverle el registro como partido político nacional en etapa preventiva en espera de los cómputos de las elecciones extraordinarias, que se celebrarán en el distrito 01 de Aguascalientes.

Así lo propone el proyecto de la magistrada ponente María del Carmen Alanís, que comienzan a discutir los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su sesión de hoy. Falta que sus cinco colegas magistrados se pronuncien al respecto.

“Por tanto la declaratoria de perdida de registro deja de surtir sus efectos jurídicos debiendo regresar la situación del partido político a la etapa de prevención hasta en tanto se tengan los resultados del computo distrital correspondiente al distrito 01 de Aguascalientes”, explicó el secretario de Estudio y Cuenta al leer un resumen del proyecto.

Explicó previamente que Alanís propone inaplicar al caso concreto las porciones de los artículos 94, párrafo primero, inciso b de la Ley de Partidos Políticos y artículo 24 párrafo tercero de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

El magistrado Pedro Esteban Penagos respaldó la postura de Alanís al plantear que el PT tiene la razón al considerar que ambos artículos mencionados son inconstitucionales.

“El asunto es claro y esto independientemente de que la elección concluye cuando, desde luego, se celebran elecciones válidas en los 300 distritos electorales, tratándose de elecciones intermedias. Por lo cual claramente se excluye el que se pueda considerar que no deben de tomarse en consideración las votaciones tomadas en las elecciones extraordinarias”, indicó.

El magistrado Salvador Nava Gomar coincidió en calificar de inconstitucionales dichas normas, “por la sencilla razón de que para obtener el derecho a permanecer con el registro o tener el registro en cada elección, hay que obtener el 3 por ciento de la votación en la elección”.

“¿Cuál es la interpretación más favorable? Hombre, pues que puedan participar, una vez que se tenga el resultado de los 300 distritos. Ese es mi punto de vista, y por eso es que acompaño el proyecto”, expuso.

El magistrado presidente Constancio Carrasco también coincidió con sus colegas lo mismo que González Oropeza. Este último señaló que es equívoco y contradictoria el artículo 24 constitucional de la Legipe. “No es posible decir eres la nada jurídica y puedes participar en la elección extraordinaria. No lo dijo el magistrado Galván, ese fue el sentido, el significado. No soy su interprete. Se vale que sea uno interprete de lo que dicen los colegas después de nueve años de estar entendiendo cuáles son sus votos particulares”.

Desde las elecciones del 7 de junio, el futuro del PT ha sido incierto, dado que quedó a unos tres mil votos de obtener el 3 por ciento necesario para mantener el registro como partido político nacional.

A principios de septiembre, la Junta General Ejecutiva del INE determinó la cancelación de su registro y el del Humanista, sin embargo el Tribunal Electoral lo revivió un par de semanas al considerar que era necesario que el Consejo General del instituto se pronunciara al respecto.

Al final, el INE le volvió a quitar sus registros a los petistas y al Partido Humanista pese al respaldo recibido por otros ocho partidos políticos, incluido el PRI que hizo una airada defensa, sobre todo del PT, partido que luego se aliaría al tricolor en las futuras elecciones extraordinarias de gobernador en Colima.

A cuatro días de que se celebren las elecciones en Aguascalientes, el Tribunal Electoral le dio vida a este partido político, ya que podrá aspirar a conseguir los votos que le faltan (aproximadamente, unos siete mil) para seguir en el mapa político nacional.

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