Milenio
CIUDAD DE MEXICO, 15 de noviembre de 2019./Milenio.- Se acerca cada vez más el fin de año y, por tanto, la entrega del aguinaldo, esa prestación laboral que es esperada con ansias por los trabajadores, ya sea para comprar algo nuevo, pagar algunas deudas o, en menor medida, ahorrarlo.
En el caso de los servidores públicos, la entrega es diferente a los empleados del sector privado, así que aquí te contamos lo que debes saber para la entrega de esta prestación en este 2019.
¿Cuánto debes de recibir?
De acuerdo con el decreto emitido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los trabajadores del Estado tendrán derecho a 40 días de salario cuando menos, sin deducción alguna.
¿Cuándo se entrega?
El 50 por ciento de la prestación podrá ser cubierto a partir del 13 de noviembre y hasta el 15 de diciembre de este año y el otro 50 por ciento deberá ser cubierto por los órganos federales antes del 15 de enero de 2020.
De acuerdo con el decreto, el personal civil de confianza del Servicio Exterior Mexicano y al asimilado a éste y al personal militar en activo se le otorgará una gratificación de fin de año.
Lo anterior sólo lo recibirán aquellas personas que estén contratadas bajo contrato de honorarios en las dependencias y entidades de la administración federal. Dentro de esta gratificación están incluidos quienes reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil, pensión de gracia y los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o con cargo al erario federal.
¿Quiénes no podrán recibir aguinaldo o gratificación de fin de año?
Las personas físicas que estén contratadas bajo el régimen de honorarios especiales, detalla el documento, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, y aquéllas a las que se cubran percepciones por cualquier concepto no previsto.