+ De 121 mil 824 hechos de violencia contra las mujeres, sólo 23% de los casos pudo acceder a una orden de protección.
SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS, Chiapas, 22 de mayo de 2015.- EL Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF) presenta los resultados del Informe Cualitativo y Cuantitativo: Avances y Retrocesos en la Protección de las Mujeres Víctimas de la Violencia Familiar 2012 – 2014, sobre la situación de la implementación de las Órdenes de Protección (OP) en México. Este informe se divide en tres secciones:
+ Actualización de datos solicitados a Procuradurías Generales de justicia y Tribunales Superiores de Justicia de 27 estados del país, a través de INFOMEX, para conocer el número de hechos de violencia cometidos contra mujeres, tipo de órdenes de protección emitidas, y el procedimiento que siguen las autoridades para otorgarlas.
+ Análisis de las actuaciones que realizan las instancias encargadas de atender a las mujeres en situación de violencia y emitir órdenes de protección. El análisis tuvo como finalidad conocer los obstáculos a los que se enfrentan dichas instancias para la implementación de este mecanismo.
+ Análisis para conocer la percepción de las mujeres sobre la atención que han recibido por parte de las autoridades al momento de solicitar o requerir protección. Estas entrevistas se realizaron en los estados de Campeche, Hidalgo Jalisco y Oaxaca
Las Órdenes de Protección, mandatadas por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), se definen como los “actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima”. Der acuerdo al OCNF las OP son actos que deben emitirse de manera inmediata, con el fin de proteger la vida, integridad y seguridad de las mujeres víctimas de violencia, para prevenir delitos o faltas más graves como la privación de la libertad o el feminicidio.
De los 27 estados del país a los que se les pidió información sobre la implementación de órdenes de protección, sólo 16 respondieron. Los ocho estados que proporcionaron información con la que se pudieron analizar avances fueron: Campeche, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, y Veracruz; los estados cuya información marcó un retroceso fueron: Aguascalientes, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Sinaloa y Tlaxcala. El estado de Guerrero no proporcionó información en 2011 y la entregada en 2014 presenta graves inconsistencias.
De la información proporcionada por las autoridades se registraron 121,824 hechos de violencia contra las mujeres en 14 entidades federativas, de los cuales se emitieron 28,382 OP, es decir el 23%. De este porcentaje, resulta importante mencionar que 80% de las órdenes emitidas se concentran en los estados de Campeche, Chiapas, D.F., Oaxaca y Veracruz. Esto nos lleva a concluir que la mayoría de los estados aquí registrados no están cumpliendo con su deber de proteger a las mujeres víctimas de violencia.
Preocupa que Jalisco, Morelos y Tlaxcala no han emitido ninguna orden de protección, argumentando la falta de un marco operativo para emitir las OP, que las mujeres víctimas deciden dirimir sus controversias con el agresor ante un juez, o que las mujeres no las solicitan. Por su parte, los estados de Aguascalientes y Estado de México negaron la información justificando que no están obligados a sistematizarla o calificando la información como reservada y de carácter confidencial.
La mayoría de los estados no cuenta con un método que permita determinar a la autoridad el riesgo en el que se encuentra la víctima, y la forma en que evalúan el riesgo es a partir de interpretaciones subjetivas y discriminatorias, o de los dictámenes y peritajes que solicitan, poniendo en riesgo la vida y seguridad de las mujeres que se acercan a las instancias competentes a solicitar auxilio o ayuda.
Para realizar el análisis de las actuaciones que realizan las instancias encargadas de atender a las mujeres en situación de violencia y emitir OP, el OCNF realizó mesas de trabajo y de análisis y un foro con autoridades de diversas instancias y niveles de decisión. Los estados analizados fueron Chiapas, Oaxaca, Tlaxcala y Veracruz, elegidos por sus altos índices de violencia contra las mujeres. Cabe destacar que existió una apertura de las instancias para que el OCNF conociera la ruta crítica que siguen las autoridades para brindar atención a una mujer víctima de violencia, excepto en Tlaxcala.
En el análisis de estos cuatro estados, el OCNF identificó barreras en la implementación de las OP, entre las que se encuentran la ausencia de una coordinación adecuada entre las instancias que atienden a mujeres en situación de violencia y las que otorgan medidas de protección; la falta de personal sensibilizado y con conocimiento del mecanismo; los obstáculos en la canalización de las mujeres para que puedan ser protegidas integralmente; la imposición a las mujeres víctimas de violencia de presentar una denuncia para acceder a OP y la carencia de una herramienta que permia evaluar el riesgo o peligro en el que se encuentra la víctima a partir de indicadores objetivos que permitan determinar el tipo de acciones que se requieren para garantizar la vida y seguridad de las mujeres.
Del informe realizado, el OCNF concluye que en los estados donde existe una apertura de parte de las instituciones encargadas de emitir una OP existen avances en la implementación de este mecanismo, aunque ello no quiera decir que las acciones que se están implementando cumplan con los estándares en materia de atención y protección a mujeres víctimas de violencia. Por otra parte, la negación de los gobiernos a establecer medidas concretas para modificar los obstáculos que se identifican, refleja la falta de cumplimiento con sus obligaciones de brindar seguridad y protección a las mujeres lo anterior se observa con la negativa de brindar información y justificar su falta de actuar diciendo que son las mujeres quienes no acceden a estos recursos.
En Chiapas se tiene conocimiento que de 2012 a 2014 se otorgaron un total de 2,651 medidas de protección todas de carácter emergente, fundamentadas en el Código Penal, Civil o en la LGAMVLV. Llama la atención que la Procuraduría General de Justicia del estado informó que a partir de las recomendaciones planteadas por el OCNF en 2013, se implementó el Plan de Acciones Emergentes, con el objetivo de que se otorgaran medidas de protección en todos los casos que se denunciaran ante el Ministerio Público; sin embargo hasta el momento se desconocen los alcances que estas acciones han tenido para garantizar la vida y la seguridad de las mujeres. Por último cabe destacar que la Procuraduría reconoce que cuenta con un protocolo para otorgar las órdenes de protección, sin embargo no cuenta con un mecanismo de evaluación del riesgo que permita determinar el tipo de medida que debe otorgarse.