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IEPC condena la violencia suscitada durante la elección de Oxchuc

+  Consejeras y consejeros electorales afirman que actos de violencia no tienen cabida en ningún ejercicio democrático, los hechos deben ser investigados y sancionados.

+ Destacan que corresponde al Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc, determinar lo conducente de acuerdo a sus Lineamientos e informar al IEPC.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 15 de diciembre de 2021.- En relación a la elección municipal por Sistemas Normativos Internos en el municipio de Oxchuc, celebrada este miércoles 15 de diciembre de 2021, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, lamenta los hechos violentos que se generaron e interrumpieron el desarrollo de la Asamblea General Comunitaria Única para la elección de autoridades municipales a través de mano alzada. Los actos de violencia no son parte, ni deben acompañar ningún ejercicio democrático, por lo que este Órgano Electoral rechaza los hechos suscitados que alteraron el orden y la paz. En ese sentido, exigimos que las autoridades competentes investiguen y sancionen los hechos conforme a Derecho.

El IEPC respeta la decisión del pueblo de Oxchuc de elegir a sus autoridades municipales mediante su sistema normativo interno, lo cual se realiza por segunda vez en la historia de este municipio, pero reitera que el éxito de dicho sistema exige que los distintos grupos políticos alcancen acuerdos y consensos que den viabilidad a estos ejercicios.

Reconoce a la ciudadanía de Oxchuc que acudió el día de hoy a la plaza pública a participar en este ejercicio democrático, de manera masiva, en paz y en orden.

Respecto a la información difundida en diferentes medios de comunicación y redes sociales, que señalan resultados cerrados entre dos candidatos a la presidencia municipal, el IEPC estará atento al resultado de la decisión que con base en su libre determinación y auto gobierno haga llegar el Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc (OECMO) en los próximos días, para estar en condiciones de dictaminar lo procedente para la renovación de autoridades municipales de dicho municipio.

Las decisiones del máximo órgano de decisión del municipio, que es la Asamblea General Comunitaria y del OECMO deberán tomarse con responsabilidad y objetividad, a efecto de contribuir a la paz y al orden social del municipio. Solicitamos a las diversas instancias de gobierno, garanticen la integridad y la vida de las y los miembros del Órgano Electoral Comunitario, y se establezca a la brevedad el orden y la estabilidad social del municipio.

Cabe recordar, que este proceso electivo surgió como resultado del ejercicio a la libre determinación y autogobierno, establecido en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expresado a través de la consulta indígena, donde, la Asamblea General comunitaria es el máximo órgano quien determina la forma de realizar su proceso de renovación de autoridades municipales.

El 23 de enero de 2019, el Congreso del Estado de Chiapas publicó en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el Decreto 135, por el que se faculta al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, para que dentro del plazo de 90 días naturales, convoque, coadyuve y, en su caso, organice la elección de autoridades municipales del municipio de Oxchuc, Chiapas, así como califique la elección y expida la constancia de mayoría a través del régimen de elección por sistema normativo interno.

El 13 abril de 2019, se llevó a cabo la primera elección de autoridades municipales en el municipio de Oxchuc, bajo el Sistema Normativo Interno propio, con la modalidad de mano alzada, mediante la celebración de la asamblea única en la plaza central de la cabecera municipal en la que participó la ciudadanía del municipio tzeltal.

La Asamblea General determinó renovar su Ayuntamiento el día 15 de diciembre de 2021, a través de votación a mano alzada en la plaza central del municipio. El proceso electivo de Oxchuc surge como resultado del ejercicio a la libre determinación expresado a través de la consulta indígena, la asamblea General comunitaria es el máximo órgano quien determina la forma de realizar su proceso de renovación de autoridades municipales.

Para esta elección asistieron alrededor de 14 mil personas provenientes de 129 comunidades y 23 barrios, de un total de 142 localidades y 25 barrios que la Asamblea General reconoce conforman el municipio de Oxchuc.

Las postulaciones a la presidencia municipal de acuerdo a los lineamientos aprobados por la Asamblea General correspondieron a 5 hombres y 5 mujeres, presentados ante la Asamblea General Comunitaria Única.

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