+ Con ésta suman ocho
MEXICO, D. F., 30 de marzo de 2015.- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso la tarde de ayer otra sanción al PVEM por 11 millones 453 mil pesos por violaciones graves al modelo de comunicación política previsto en la Constitución.
La nueva multa se aprobó por unanimidad de los magistrados al dar cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Superior del TEPJF en la que le ordenó individualizar sanciones al resolver el caso de violaciones a la ley en las que incurrió la diputada verde Gabriela Medrano.
En este caso, acreditaron los magistrados de la Sala Superior, al rendir supuestos informes legislativos en 19 mil 97 spots, se favoreció al PVEM con una sobreexposición en medios.
Por ello ordenaron a los magistrados de la Sala Regional sancionar de acuerdo a la gravedad de la falta, ya que al atender este caso en primera instancia esa Sala sólo se había “amonestado” al PVEM y remitido el expediente a la Contraloría de la Cámara de Diputados.
Suman ya 8 sanciones
La multa impuesta es la octava impuesta por la Sala Regional al PVEM para sumar 38 millones 176 mil 727 pesos. Pero ese partido enfrenta también multas fijadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y por la Sala Superior del TEPJF, mismas que en conjunto rebasan los 181 millones de pesos.
La magistrada Gabriela Villafuerte explicó que fue la Sala Superior del TEPJF la que marcó a línea seguir al resolver la individualización de las multas relativas a la estrategia publicitaria del PVEM, misma que el máximo órgano de justicia electoral ya señaló como violatoria al modelo de comunicación política previsto en la Constitución.
Esto es así, pues a través de spots contratados por terceros –los grupos parlamentarios del Verde– se posicionó al PVEM.
“Aquí hubo una adquisición de spots en televisión, que asciende a la cantidad de 11 millones 453 mil 846 pesos con 20 centavos, entonces la Sala Superior ya nos dijo que la manera objetiva (de cuantificar) el beneficio obtenido tiene que ver porque el partido político indebidamente accedió a tiempos de radio y televisión a través de una estrategia publicitaria y legal que trastoca el modelo de comunicación política, lo que generó la sobreexposición.
“Por lo tanto, la manera objetiva de cuantificar el beneficio que obtuvo el partido es a través del monto que fue pagado por la contratación de los spots de radio y televisión”, dijo