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Impugnan reglamento municipal “regresivo” impuesto en SCLC

Por Isaín Mandujano

SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, Chiapas, 07 de Mayo de 2016./Isaín Mandujano./(apro)./Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2016.- El alcalde de San Cristóbal de las Casas, Marco Cancino González, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), impuso un paso atrás al proponer y aprobar un nuevo y restrictivo reglamento municipal que acota en las sesiones de cabildo la participación ciudadana y de regidores, la rendición de cuentas y el acceso a representantes de los medios de comunicación.

El reglamento, además, vulnera varias garantías consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos en sus artículos 1, 2, 28 y 29, así como de los artículos 6, 14, 115 y 133 de la Constitución Política de México, y con ello sepulta el antiguo reglamento que por 23 años guió la política pública de San Cristóbal, que era considerado progresista y de avanzada, advierte el doctor en Derecho Miguel Ángel de los Santos Cruz.

Ante este escenario, un grupo de ciudadanos y ciudadanas de ese municipio que trabajan en la promoción y defensa de los derechos humanos en diferentes áreas, así como la regidora Jerónima Toledo, de Morena, interpusieron de manera independiente dos amparos contra el reglamento ante el Poder Judicial de la Federación (PJF) –el 885/16 y 961/16–, los cuales habrán de resolverse, el primero el 24 de mayo, y el segundo el 6 de junio próximo.

Toledo explicó que el contexto en el que se dio el retroceso en la política pública municipal nació de la intolerancia del alcalde Marco Cancino a aceptar las críticas de la ciudadanía y las manifestaciones de rechazo hacia su administración, que tuvieron varias expresiones en octubre pasado, hasta que en noviembre el edil decidió cerrar las sesiones de cabildo.

Fue en ese marco que de manera discrecional propuso y aprobó, con el voto de regidores de su partido y del PRI, el reglamento “regresivo”.

En marzo, ya con las nuevas normas vigentes, el alcalde abre parcialmente las sesiones, pero en ellas ya no se da voto a los grupos ciudadanos antes representados; las participaciones de éstos son condicionadas y previamente seleccionadas, y sólo se permite el acceso a cinco comunicadores, quienes deben identificarse y previamente postularse, entre otras violaciones constitucionales.

Mercedes Ozuna, una de las mujeres que interpuso uno de los amparos contra el reglamento, y Carlos Perola, activista político, detallaron que en el reglamento anterior se reconocía a los habitantes o líderes de colonias para que pudieran tener voz y participación en las sesiones de cabildo; las sesiones eran abiertas al público en general, y no había necesidad de que medios y periodistas se registraran para acceder.

Ahora, con el nuevo reglamento no sólo se limita la participación de los regidores en las sesiones de cabildo, además se cortaron de tajo derechos conquistados por 23 años para la participación ciudadana.

“Esto es muy grave, en particular en el caso de las mujeres de San Cristóbal, debido a que estamos viviendo una reactivación de la violencia de género y aumento de los feminicidios, y las nuevas restricciones impiden que esos temas se discutan y se consideren las propuestas ciudadanas en la nueva política pública municipal”, alertó Ozuna.

“Y esto ha implicado una violación sistemática de los derechos de acceso a la información, de petición y audiencia pública garantizados en los artículos sexto y octavo de nuestra Carta Magna, menoscabando principios constitucionales elementales, pues no se ha hecho más que coartar, sin justificación alguna, la capacidad que ciudadanas y ciudadanos tienen de ser partícipes de los procesos de toma de decisiones sobre los asuntos públicos. Cuando las decisiones se toman sin sustento, representan actos arbitrarios que no encuentran justificación en el voto mayoritario”, denunció De los Santos Cruz.

El jurista confió en que los jueces que determinen la procedencia de los amparos contra el reglamento consideren las múltiples violaciones a las atribuciones previstas para los ayuntamientos en el artículo 36 de la Ley Orgánica Municipal, entre ellas que el alcalde ejerza, por encima de síndico y regidores, un poder incontestable en la toma de decisiones de todo lo concerniente a la administración local.

En el nuevo reglamento, que se aprobó la noche del 24 de febrero en sesión privada de cabildo, abundó el especialista “no sólo se coarta la libertad de expresión, también el acceso pleno a la información y el derecho de audiencia, entre otros derechos humanos fundamentales consagrados en la Constitución y que hoy se ven peligrosamente comprometidos”.

De los Santos refirió que con el nuevo reglamento se ejerce un severo control sobre los regidores, quienes sufrirán restricciones inéditas en el ejercicio de sus facultades, impidiéndoles, por ejemplo, convocar a sesiones extraordinarias, así como imponiéndoles asesores que no sean necesariamente de su confianza.

Tampoco podrán solicitar información a directores de área sin previa justificación escrita. Por si fuera poco, el artículo 122 del nuevo reglamento establece que los ciudadanos que deseen asistir a las sesiones públicas estarán obligados a mencionar el punto o los puntos que les interese escuchar. Una vez que sean autorizados a participar, “podrán tener uso de la voz por un tiempo máximo improrrogable de tres minutos, sin exceder de cinco ponentes por sesión”.

En tanto, al público se le obliga a “permanecer en silencio y abstenerse de cualquier manifestación”. Peor aún, también se vulnera lo establecido en el sexto de la Constitución federal, el que con toda claridad establece “que toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública…”

En síntesis, alertó De los Santos Cruz, se busca sojuzgar los derechos y libertades del pueblo de San Cristóbal en aras de los intereses personales del alcalde del Verde./Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2016

 

 

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