+ El Protocolo de Estambul provee una guía útil para los doctores y abogados que investigan, el si una persona ha sido torturada o no
+ Se deberá reportar los hallazgos a la justicia o a las agencias investigadoras
TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 13 de Noviembre de 2014.- La Visitaduría General Especializada de Atención de Asuntos de Migrantes a cargo de José Ramón Cancino Crócker, en representación del Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) Juan Óscar Trinidad Palacios, clausuró la capacitación a servidores públicos en materia del Protocolo de Estambul.
Derivado de la capacitación, Cancino Crócker manifestó, «el Organismo defensor de los derechos humanos en Chiapas, tiene la potestad de aplicar dicho Protocolo, debido a que cuenta con los estándares necesarios y personal capacitado para poder resolver los diferentes tipos de casos o situaciones, que se presenten en materia de vulneración de los derechos fundamentales de las personas, en cualquier ámbito social o político».
El Visitador General Especializado de Atención de Asuntos de Migrantes señaló, «el Protocolo de Estambul es muy claro y ha sido determinante para el buen funcionamiento de algún juicio o de alguna investigación que se esté llevando a cabo, esto es para que integrantes de la CEDH investiguen y las propias autoridades realicen las indagatorias apegadas a los protocolos en materia de derechos humanos y en el marco de la ley, ya que los resultados serán utilizados para el debido proceso.
«Con esto se busca que las personas que interpongan una queja, o hayan sido violentadas física, psicológica, económica y moralmente tengan la seguridad de que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en el Estado de Chiapas, velará por sus derechos y será el abogado más feroz litigante en contra de quienes vulneren los derechos de las personas chiapanecas y de quienes transiten por este territorio», concluyó José Ramón Cancino Crócker
Cabe hacer mención que instituciones y organizaciones tienen reiteradas las recomendaciones de las Naciones Unidas, donde estas referencias pueden resumirse en tres categorías: 1.- Referencias que citan los Protocolos de Estambul como una herramienta útil en su esfuerzo para combatir la tortura y recomienda a los gobiernos el reflexionar sobre los principios contenidos en el protocolo. 2.- Referencias que señalan que todas las investigaciones y documentación de alegatos de tortura deben ser desarrolladas con rapidez, imparcialidad y efectividad, y ser guiadas por los Principios del Protocolo de Estambul. 3.- Referencias que dicen que los países deben establecer y operar procedimientos domésticos efectivos para la investigación y documentación de alegatos de tortura de acuerdo con el protocolo de Estambul.
Es importante resaltar que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, implementará las estrategias a seguir como lo establece el Protocolo de Estambul, con la finalidad de que, las personas que interpongan una queja ante el organismo, los trámites a seguir sean eficientes, competentes y eficaces, para evitar con esto la dilación de documentación, así como en el área médica y jurídica realizar los estudios pertinentes.