+ «Se trata de medidas preventivas para garantizar la equidad de los próximos comicios», afirma Consejero Alex Walter Díaz García.
TUXTLA GUTIÉRREZ, 16 de Mayo de 2017.- En su onceava sesión con carácter de extraordinaria la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC), resolvió conceder la adopción de medidas cautelares dentro del Procedimiento Sancionador Ordinario en contra de los ciudadanos Emilio Enrique Salazar Farías, Diputado Federal por el IX Distrito Electoral Federal en Chiapas; Roberto Armando Albores Gleason, en su calidad de Senador de la República de la XLIII Legislatura y la ciudadana Gloria Trinidad Luna Ruiz, Secretaria General del H. Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Esto derivado de la presentación de diversas denuncias ciudadanas por presuntos actos de promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y promoción de actividades legislativas fuera de los plazos establecidos en la ley, mismos que son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su numeral 134,y el Código Comicial Local en su numeral 243.
Alex Walter Díaz García, consejero presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC, informó que al existir indicios que podrían resultar violatorios a la normatividad electoral, los denunciados deberán acatar las medidas cautelares aprobadas por la Comisión, consistentes en realizar acciones necesarias, suficientes e idóneas para suspender y retirar la difusión de la propaganda denunciada, en un término no mayor a 48 horas, esto con la finalidad de que no se vulnere el principio de equidad de cara proceso electoral local 2017-2018 que inicia el próximo mes de octubre.
El consejero Díaz García, añadió que «de las pruebas que presentaron los denunciantes y de las obtenidas por la Oficialía Electoral del Instituto, la Comisión llegó a la conclusión que hay indicios suficientes para suponer que la propaganda sujeta a investigación pudiera afectar la equidad de los próximos comicios locales, de ahí que decidieran atender la solicitud de medidas preventivas, sin que ello implique que se haya acreditado la responsabilidad de los denunciados, pues ello dependerá de las investigaciones que seguirán su curso hasta que los procedimientos administrativos instaurados se resuelvan de fondo».
Díaz García advirtió que «las medidas deberán ser ejecutadas en los próximos días, y que en caso de no ser acatadas, los denunciados podrían ser sujetos del inicio de un nuevo procedimiento administrativo sancionador o la aplicación de una medida de apremio en su caso, por desacato a la autoridad electoral».
El consejero electoral también informó que en una sesión previa, la Comisión de Quejas y Denuncias aprobó el Acuerdo de radicación, admisión y emplazamiento, dentro del Procedimiento Sancionador Ordinario, iniciado por una denuncia ciudadana, en contra del ciudadano César Bernardino Serrano Nucamendi, por haber realizado presuntos actos de proselitismo en esta ciudad capital, a través de espectaculares y entrevistas difundidas a través del portal de Youtube y páginas electrónicas de diversos medios informativos. Tal decisión está basada en el artículo 361 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana y 70 del Reglamento para los Procedimientos Administrativos y Sancionadores del IEPC.
Finalmente, Díaz García destacó la importancia de que la ciudadanía siga participando en la presentación de denuncias en contra de actos que consideren pudieran vulnerar la legislación electoral de cara al próximo proceso electoral en el Estado. Cabe señalar que la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEPC, la integran el consejero Alex Walter Díaz García, quien funge como Presidente, la consejera Laura León Carballo y el consejero Manuel Jiménez Dorantes.