+ La diputada Olga Luz Espinosa Morales, del PRD, impulsa una iniciativa para reformar las leyes en la materia
CIUDAD DE MEXICO, 04 de diciembre de 2021.- Con el propósito de considerar a las personas con discapacidad y adultos mayores como sujetos de gratuidad de los servicios de salud, medicamentos e insumos, la diputada Olga Luz Espinosa Morales, del PRD, presentó una iniciativa.
La propuesta, que plantea adicionar los artículos 36 de la Ley General de Salud y la fracción XI del artículo 7º de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, fue remitida a la Comisión de Salud para dictamen.
Respecto a la Ley General de Salud, propone incluir a los adultos mayores y personas con discapacidad para que se les exima del cobro de las cuotas de recuperación por atención médica y medicamentos, cuando no sean beneficiarios o derechohabientes de alguna institución del sector salud.
Para el cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres últimos deciles establecidos por la Secretaría de Salud, refiere.
En la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, plantea reformar la fracción XI del artículo 7º, a fin de incorporar al esquema de atención de las personas que carezcan de seguridad social, la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados.
En la exposición de motivos, subraya que las personas con discapacidad tienen menos acceso a los servicios de asistencia sanitaria, por lo que en muchas ocasiones sus necesidades asistenciales quedan desatendidas.
Precisa que, de acuerdo con el Inegi, la población con limitación o discapacidad según su condición de afiliación 2020, asciende a 21 millones, de los cuales cinco millones no tienen ningún servicio de salud.
Por género, 2.2 millones de mujeres no tiene ningún régimen de salud y 2.5 millones de varones no tienen servicios de salud.
Refiere que la iniciativa se armoniza con el contenido de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad adoptada por la Organización de las Naciones Unidas en mayo de 2008, donde se reconoce la importancia del acceso a la salud como factor determinante para ejercer los demás derechos humanos de esta población.
En particular, el artículo 25 establece que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación, a través de programas y atención médica gratuitos o a precios asequibles, de la misma variedad y calidad que las demás personas.