+ Su realidad “es desoladora e inaceptable”, dice Manuel Cota Jiménez, al denunciar que muchos niños son explotados desde los seis años de edad
+Junto con otros legisladores demanda mejorar condiciones de contratación del trabajador campesino; prestaciones sociales y garantizar educación de los menores
MÉXICO, D- F., 19 de abril de 2015.- Manuel Cota Jiménez, presidente de la Confederación Nacional Campesina y senador por Nayarit, presentó una iniciativa con proyecto de decreto a favor de 3.1 millones de jornaleros agrícolas, entre ellos niños desde los 6 años de edad, que son explotados en el país, cuya realidad es “desoladora e inaceptable”.
El líder de la CNC, junto con otros legisladores, propone modificar la Ley Federal del Trabajo a fin de mejorar las condiciones de contratación del trabajador del campo; garantizar servicios para favorecer la educación y el cuidado de los menores; el otorgamiento de prestaciones sociales; y fortalecer a las instituciones con el objetivo de que lleven a cabo labores de inspección y propicien el respeto a los derechos de los trabajadores mediante el diálogo con los empleadores.
Pese a que los jornaleros agrícolas han jugado un papel fundamental en el desarrollo agroalimentario de México, en la exposición de motivos de las reformas y adiciones a la ley se establece que en la mayoría de los casos estos trabajadores y sus familias carecen de una retribución justa es términos económicos, padecen condiciones de vida y sociales inadmisibles y el disfrute y protección de sus derechos laborales son precarios.
Se estima que del total, 1.2 millones son migrantes, principalmente indígenas mixtecos, zapotecos, nahuas y de la huasteca potosina. Asimismo, los más de 3 millones de trabajadores agrícolas sufren la ausencia de prestaciones laborales, exposición a agroquímicos, extenuantes jornadas de trabajo, condiciones inaceptables de remuneración, además de que los mecanismos de contratación que utilizan los empleadores vulneran los derechos laborales.
“Viven en condiciones de hacinamiento, insalubridad, expuestos a las más severas condiciones climáticas y de riesgo ambiental. Los Lugares en donde habitan, proporcionadas en algunos casos por los empleadores y en otras obtenidas por sus propios medios, carecen de servicios públicos; los niños en edad escolar no pueden acudir a recibir educación, en tanto que los emplean a muy temprana edad, porque no pueden recibir el cuidado que requieren al ser sus madres también trabajadoras y porque la temporalidad de las labores o el traslado de campo a campo, rompe sistemáticamente la regularidad con la que deberían asistir a las aulas”, describen los legisladores.
La iniciativa firmada por los senadores Manuel Cota Jiménez, René Juárez Cisneros y Eviel Pérez Magaña, del PRI, así como Armando Ríos Piter y Sofío Ramírez Hernández, del PRD, denuncia que prácticamente todos los jornaleros, principalmente los niños, presentan problemas graves de desnutrición, enfermedades asociadas a la pobreza y también a un acelerado deterioro de la salud por el esfuerzo que implica su trabajo.
Los millones de jornaleros del país son reclutados por “enganchadores” y es por eso, explica el dirigente de la CNC, que las reformas y adiciones a la ley laboral comprenden regular a los intermediarios, estableciendo como obligación su registro ante las autoridades del trabajo.
De igual forma, para garantizar el cumplimiento estas funciones se propone reforzar las tareas de inspección y vigilancia, mediante la coordinación entre los gobiernos estatales y la Federación. Como obligación de los intermediarios, o enganchadores, se destaca que deben pactar por escrito las condiciones generales de trabajo, salario, prestaciones en especie y en dinero, forma de pago, descuentos en caso de comedores o adelantos, condiciones de alojamiento y la duración mínima del contrato que deberá ser depositado en la Junta de Conciliación y Arbitraje más próxima al lugar de reclutamiento.
También, sufragar los gastos de traslado y alimentación de los trabajadores y brindarles protección contra accidentes desde el momento del embarque y, para efectos de indemnización, estos siniestros serán considerados como accidentes de trabajo; utilizar los servicios de un intérprete cuando los trabajadores no hablen español, brindar servicios de guardería a sus hijos, proporcionarles equipos de protección, hacerlos partícipes del reparto de utilidades de las empresas y, entre otras muchas disposiciones más, no cobrarles retribución alguna o comisión con cargo a sus salarios. ——-00000——