+ Este delito consiste en difundir o publicar por cualquier medio material explícito de hechos vinculados con homicidio
+ La diputada Delgadillo González pidió modificar el Código Penal Federal
CIUDAD DE MEXICO, 15 de abril de 2022.- La diputada del PVEM, Claudia Delgadillo González, presentó iniciativa que adiciona los artículos 199 Octies y 208 del Código Penal Federal, para sancionar a quien cometa el delito de violación a la dignidad humana de las víctimas, con multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
El documento, turnado a la Comisión de Justicia, señala que comete el delito de violación a la dignidad humana de las víctimas quien por cualquier medio de comunicación difunda, publique o distribuya imágenes, videos, información o material explícito de hechos vinculados con homicidios, que lesionen la dignidad humana; esta conducta será sancionada con multa de hasta quinientas Unidades de Medida y Actualización.
Asimismo, será considerada apología de un delito la difusión y publicación de imágenes, videos, información o material explícito en medios de comunicación de hechos relacionados con homicidios que lesionen la dignidad humana.
En la exposición de motivos, la legisladora comenta que los medios de comunicación son un canal importante para transmitir información, por su capacidad de alterar o fortalecer las costumbres y comportamientos sociales, teniendo con ello una fuerte responsabilidad en la reproducción de modelos de violencia y discriminación.
Los medios deberían incluir, entre sus principales objetivos, convertirse en una herramienta de uso cotidiano en donde se realicen y difundan contenidos con perspectiva de género y de derechos humanos, a fin de no difundir aquellos que revictimicen, estereotipen, discriminen y estigmaticen a las víctimas de homicidios o feminicidios, como lo son imágenes explícitas de sus cuerpos violentados que vulneren su privacidad y dignidad.
Detalla que entidades como Colima, Oaxaca y la Ciudad de México han legislado en la materia, a fin de tipificar las conductas que realizan las personas o servidores públicos que de manera ilícita revelen o difundan imágenes pertenecientes a carpetas de investigación relacionadas con el delito de feminicidio.
Otro ejemplo de ello es que la Cámara de Diputados, después de un largo estudio y análisis, aprobó por unanimidad, en su sesión del 23 de marzo de 2022, modificaciones al Código Penal Federal para que se castigue a los servidores públicos que filtran cualquier información concerniente a crímenes en contra de las mujeres.
Por ello, refirió, la iniciativa busca coadyuvar y complementar la reforma antes señalada, con el objetivo de garantizar un adecuado tratamiento y respeto a los derechos humanos, dignidad y privacidad de cualquier víctima de homicidio y sus familias, sin atentar contra la libertad de expresión.
Asimismo, sancionar a aquellas personas que difundan y publiquen contenido gráfico relacionado con asesinatos cometidos en contra de cualquier persona, sobre todo de grupos vulnerables como mujeres o niñas y, con ello, proteger la intimidad, la dignidad de las víctimas y evitar futuras publicaciones.