+ Los trabajadores deben tener 500 semanas cotizadas en esta modalidad.
+ Si aún tienes dudas para el trámite de tu pensión y perteneces al régimen del 73, esta información es útil.
Infobae
CIUDAD DE MEXICO, 04 de febrero de 2020./Infobae.- En México hay dos regímenes para pensionarte (el del 73 y 97) y se basa en la fecha que comenzaste a cotizar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La del régimen del 73 aplica para las personas que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, mientras que el del 97 es válido para los trabajadores que comenzaron a cotizar desde 1 de julio de 1997 y a partir del 2021 iniciará la jubilación de los trabajadores que ahorraron en esta modalidad
Cuando llegas a la edad adulta, por ley como trabajador tienes derecho a una pensión, es decir, un ingreso mensual que recibirás cuando dejes de laborar.
Es decir, puedes acceder a las aportaciones que como empleado hiciste al estar afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Bajo este régimen se devuelve una parte del salario acumulado en la cuenta de tu Administradora de Fondo para el Retiro (Afore).
En el llamado régimen anterior, para los trabajadores del IMSS, la pensión se calcula con base en el promedio de los últimos 5 años laborados.
Deberás contar con 60 años cumplidos para poder solicitar tu pensión por este régimen y tener 500 semanas cotizadas.
Para el ISSSTE, la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año laboral y dependiendo de los años trabajados.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), los requisitos que se necesitan para realizar este retiro son:
Además de tener las 500 semanas cotizadas y a diferencia del régimen del 97, donde piden 1,250 semanas cotizadas, se otorga un porcentaje de pensión en caso de esperar hasta los 65 años para llevar a cabo este procedimiento.
De acuerdo con la tabla, para determinar la pensión se tomará en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (5 años) y el nivel salarial.
Para iniciar con el trámite se requiere de los siguientes documentos:
Identificación oficial
Estado de Cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora.
Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (Clabe)
Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS
Luego de revisar la documentación, los pasos a seguir son:
Acude a la Subdelegación del IMSS a realizar tu Solicitud de Pensión
Una vez que obtengas respuesta del IMSS y conozcas la modalidad de retiro que te corresponde, acude a tu Afore para iniciar tu trámite de disposición los recursos
Presenta en la sucursal de tu Afore la documentación antes señalada junto con la “Solicitud de Disposición de Recursos” que te será proporcionada, debidamente llenada y firmada.
En un plazo no mayor a 6 días hábiles, la Afore pondrá a tu disposición los recursos que te corresponden de acuerdo al régimen pensionario que elegiste
Según la Consar, los trabajadores de esta generación y beneficios que heredarán algunos familiares se dejarán de pagar hasta el año 2080.
Según la base de datos, hay más de 20 millones de trabajadores que pertenecen a la Generación de Transición, es decir, pertenecen al antiguo esquema de pensiones (ley 73).
La edad promedio de ese grupo es de 52 años y los miembros más jóvenes tienen 35 años, por ello, se prevé que en tres décadas se incrementarán las pensiones por el régimen del 73.