+ Solicitantes cuyos registros han sido rechazados, tienen hasta un año de plazo, a partir del deceso, para completar documentación o corregir posibles errores.
- Las solicitudes rechazadas pueden reponerse presentando una nueva a través de la plataforma, o completando la existente con la documentación requerida.
- Es muy importante verificar la causa de muerte, ya que si el acta de defunción no establece que es derivada de COVID-19, no se podrá acceder al apoyo de 11 mil 460 pesos.
CIUDAD DE MEXICO, 23 de marzo de 2021./Comunicado de prensa/Presidencia de la República.- Todas y todos los familiares de personas fallecidas por COVID-19 que cumplan los requisitos recibirán el apoyo económico que entrega el gobierno federal por medio del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).
A partir del deceso por COVID-19, las y los familiares cuentan con un año de plazo para completar la documentación solicitada o corregir posibles errores en los datos proporcionados, en caso de que su solicitud haya sido rechazada por estas razones.
Lo anterior significa que las solicitudes rechazadas pueden reponerse, para lo cual es necesario presentar una nueva a través de la plataforma digital www.deudoscovid.gob.mx, o completar la iniciada con la documentación oficial requerida, legible y que se subsane las fallas en el ingreso de datos. Es muy importante verificar la causa de muerte, ya que si el acta de defunción no establece que es derivada de COVID-19, no se podrá acceder al apoyo de 11 mil 460 pesos.
A partir del 2 de diciembre de 2020, fecha en que comenzó el proceso de registro, y hasta el 22 de marzo de este año, se han recibido 211 mil 840 solicitudes, de las cuales, 85 mil 496 han sido aprobadas al cumplir satisfactoriamente con la entrega de los documentos requeridos; 26 mil 472 se encuentran en proceso y 99 mil 872 han sido rechazadas.
Entre los motivos de rechazo, en primer lugar se encuentra la presentación de documentación incompleta, ya que para obtener el apoyo se requiere -de acuerdo con los lineamientos del programa, publicados el 25 de noviembre de 2020- contar con el acta de defunción y la Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona fallecida, así como con la identificación oficial y el documento que acredite el parentesco de quien solicita el apoyo.
La no acreditación del parentesco es la segunda causa de rechazo. Hay que subrayar que el trámite puede realizarlo la esposa o el esposo de la persona fallecida, hijas o hijos, padre o madre, siempre y cuando se presenten documentos oficiales que confirmen la existencia de la relación por consanguinidad o de carácter civil, como actas de nacimiento o de matrimonio.
Para recibir el apoyo, el acta de defunción debe especificar claramente que el fallecimiento fue derivado de la enfermedad COVID-19 o señalar: “coronavirus, SARS-COV2, NCOV, COV, U07, confirmado, posible o sospechoso”, ya que esta es la tercera causa de rechazo.
Otras causas son: ingreso de documentos sin validez oficial o ilegibles, errores en el número de cuenta Clabe al que se realizará el depósito bancario, más de una solicitud por persona fallecida y decesos anteriores al 18 de marzo de 2020, fecha en que se confirmó el primer fallecimiento por COVID-19.
Al 22 de marzo del año en curso se han pagado 60 mil 274 solicitudes de apoyo y están pendientes 25 mil 222 folios. El mayor número de solicitudes han sido tramitadas por familiares de personas fallecidas en el Estado de México, la Ciudad de México y Jalisco.
Para cualquier orientación, el SNDIF pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 55 30 03 22 00, con 30 líneas de atención de 9:00h a 18:00h de lunes a domingo, o el correo electrónico apoyodeudoscovid@dif.gob.mx