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Reformas a Código Penal se protegen intereses de la sociedad

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 19 de Septiembre de 2014/ASICh.- La violencia familiar y los delitos de carácter sexual, son dos problemáticas que siguen lacerando a la sociedad, y en ese carácter fue que todas las diputadas de la Mesa Directiva, signamos sendas reformas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penales del Estado de Chiapas, sostuvo la diputada Magdalena Torres Abarca.

En su carácter de Vicepresidente del Congreso del Estado de Chiapas, la diputada refiere que la reforma el artículo 200, del Código Penal para el Estado de Chiapas, tiene como finalidad que el delito de violencia familiar se persiga por querella, con excepción del que se cometa en contra de menores de edad, personas incapaces o personas de sesenta años. Y que en ningún caso se deberá aleccionar a la víctima, ni obligarla a participar en mecanismos de conciliación con su agresor.

Esta última parte es muy importante, porque en casos de litigios participan algunas personas tratando de que la víctima llegue a un acuerdo sobre todo económico y con ello muchos delitos quedan impunes.

No hay que olvidar que la violencia familiar es un problema social que afecta un alto porcentaje de familias de cualquier comunidad, en todos los niveles económicos y culturales, ya que se trata de relaciones que implican un abuso de poder de parte de quien ejerce el maltrato, indicó la también presidenta de la Comisión de Educación y Cultura.

En tanto, la reforma al párrafo segundo del artículo 181, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chiapas, tiene como finalidad que los delitos de carácter sexual, cometidos en perjuicio de menores de edad, los de violencia familiar y de violencia de género, los homicidios culposos que se comentan con motivo del tránsito de vehículos y el responsable conduzca en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas que  impidan o perturben su adecuada conducción, y los cometidos por servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, el juez de control no procurará el uso de los mecanismos alternativos para facilitar la justicia restaurativa entre las partes, salvo cuando lo solicite en forma expresa la víctima o representante legal.

Con eso, se genera una verdadera cultura de la legalidad y protección hacia las mujeres, para facilitarles ejercer sus derechos en estos eventos por motivos de violencia de género que impide gravemente que la mujer goce de derechos y libertades en pie de igualdad, subrayó.

Puntualizó que con estas reformas se están protegiendo los intereses de la sociedad, así como el desarrollo de los grupos más vulnerables. ASICh

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