lunes , julio 1 2024

Sala Regional Xalapa del TEPJF modifica sentencia del TEECH en caso Reforma

  • Modificó la sentencia del TEECH que tuvo por acreditada la obstaculización al ejercicio y desempeño del cargo de diversas concejalas del Ayuntamiento de Reforma, así como la VPG denunciada.

XALAPA-ENRÍQUEZ, Veracruz. 19/Junio /2024 / TEOJF Sala Regional Xalapa 30/2024.- En sesión pública de  resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) en el expediente TEECH/JDC/100/2023, que tuvo por acreditada la obstaculización al ejercicio y desempeño del cargo de diversas funcionarios del Ayuntamiento de Reforma, así como la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG) atribuida a la Presidenta y Secretario municipales del referido Ayto., por lo que, ordenó su inscripción en los registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en materia de VPG.

El Pleno de la Sala arribó a tal determinación dado que, además de que quedaron acreditados los actos de obstaculización al ejercicio y desempeño del cargo de las demandantes, a partir de diversas omisiones de la Presidenta y Secretario en mención consistentes en proporcionarles información necesaria sobre los temas a tratar en las sesiones de cabildo, celebrar sesiones de cabildo una vez por semana y no asentar sus intervenciones en las actas de cabildo; el no convocar a las funcionarias demandantes a los actos y eventos públicos efectuados por el citado Municipio, así como, el no incluirlas en la exposición de las imágenes en las publicaciones de la red social del Ayuntamiento, constituyen hechos sistemáticos que las invisibilizaron en el ejercicio de su función pública, puesto que se dio un tratamiento diferenciado hacia ellas.

Por lo que, al analizar tales omisiones y actos de manera concatenada, fue posible concluir que estos generaron violencia simbólica y por ende VPG.

En consecuencia, se declaró la existencia de la VPG denunciada y se ordenó, como medida de protección, a la Presidenta y Secretario municipales abstenerse de realizar acciones u omisiones que de manera directa o indirecta tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño, perjuicio u obstaculizar el ejercicio del cargo de las demandanteso que puedan constituir VPG.

En la sesión pública celebrada este 19 de junio, se resolvieron 45 medios de impugnación; 21 juicios de inconformidad, 14 juicios electorales, nueve juicios ciudadanos y un juicio de revisión constitucional electoral.

 

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