TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 24 de Febrero de 2015./Cosme Vázquez/ASICh.- Hasta el momento se han recibido 12 quejas de denuncias en contra de servidores públicos, por incurrir en actos anticipados de campaña; seis han sido resueltos y dos han recibido medida cautelar, sostuvo la Consejera Presidenta del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, María de Lourdes Morales Urbina.
En una reunión con la Asociación de Ciudadanos Profesionistas Unidos por Chiapas, encabezada por Antonio Moreno Hernández, al exponer ampliamente el nuevo paradigma en materia electoral, precisó que el tema de las quejas y denuncias por actos anticipados de campaña, y de acuerdo a la ley, para una elección local corresponde al OPLE Chiapas conocer, sustanciar, integrar y resolver.
Invitó hacer las denuncias necesarias cuando vean actos anticipados de campaña, a efecto que la Oficialía Electoral pueda actuar, mediante orden de la Dirección Jurídico de lo Contencioso. Esto, con acreditar la personalidad, de lo contrario no prosperaría la integración de la denuncia.
Así se puede llegar a emitir la medida cautelar a servidores públicos o medios de comunicación que hagan la pinta de bardas, lonas, paredes de viviendas.
Sin embargo, el denunciado tiene la oportunidad de derecho de audiencia para que pueda señalar lo que a su derecho corresponda, y la Comisión de Quejas y Denuncias otorgará proyecto de resolución al Consejo General del IEPC, sobre alguna sanción. Las sanciones pueden ir desde un apercibimiento, amonestación púlica, multa de 500 a cinco mil SM o la pérdida del registro de candidato.
Ante la inquietud de la agrupación, Morales Urbina explicó las facultades que tiene el INE y las que son de competencia del IEPC para las elecciones, conforme a la ley, hasta en el tema de fiscalización de los recursos públicos otorgados a los partidos políticos para que puedan desarrollar sus campañas y actividades ordinarias.
Precisó que de acuerdo al nuevo marco jurídico son causas de nulidad el hecho si algún candidato rebasa el cinco el tope de campaña, informe que deberá emitir el INE antes de que se le extienda la constancia que lo acredite como ganador de la elección.
Otra causa de nulidad es el uso de recursos de procedencia de actividades ilícitas.
Ponderó la ley electoral que mandata a los órganos electorales hacer valer principios rectores como la credibilidad y la imparcialidad en los procesos electorales, en lo cual se va caminando con las denuncias y quejas atendidas y la conformación de los 122 consejos municipales y 24 consejos distritales electorales.
También está el hacer valer el derecho ciudadano, por lo que también se incluye a los chiapanecos en el extranjero para que puedan ejercer su derecho el día de las elecciones, y para esto se instalará un sistema electrónico. ASICh