+ Los magistrados de la Sala Superior consideraron responsable de transgredir la ley a José Luis Sánchez García, director del Instituto de Comunicación Social del estado de Chiapas.
CIUDAD DE MÉXICO, 16 de Diciembre de 2016,/(apro)./ Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2016.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al gobernador de Chiapas Manuel Velasco Coello de la promoción de su informe de gobierno fuera de la entidad.
De esta manera, el TEPJF anuló la sentencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que el pasado 28 de septiembre resolvió que el gobernador transgredió la ley electoral al promover su primer informe de gobierno en la revista Cambio, de distribución nacional.
En cambio los magistrados consideraron que sí se transgredió la Ley pero esa responsabilidad recae sobre José Luis Sánchez García, director del Instituto de Comunicación Social del estado de Chiapas.
Durante la sesión celebrada esta mañana los magistrados argumentaron que no debe fincársele responsabilidad a Velasco, ya que “las actividades del director de Comunicación Social derivan de políticas que él mismo establece”.
Y sin discusión de por medio, los integrantes de la Sala Superior del Tribunal coincidieron por unanimidad en “eximir” de responsabilidad al gobernador surgido de las filas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
En su resolución de septiembre pasado, el INE resolvió que el gobernador sí tenía responsabilidad por promover su informe fuera del ámbito geográfico a su cargo, e incluso dio vista al Congreso de Chiapas y a la Secretaría de la Función Pública estatal para que tomaran las medidas necesarias./Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2016.
DEL RESOLUTIVO OFICIAL DEL TEPJF:
MODIFICAN RESOLUCIÓN EN CONTRA DEL GOBERNADOR DE CHIAPAS POR PROMOCIÓN PERSONALIZADA
En otro asunto, la Sala Superior modificó la resolución INE/CG670/2016 emitida por el Consejo General del INE, por medio de la que se consideró fundada la queja del procedimiento sancionador ordinario SCG/Q/PAN/CG/114/2013, contra el gobernador de Chiapas, Manuel Velasco Coello, y se ordenó dar vista al Congreso local por la presunta indebida utilización de recursos públicos y promoción personalizada con motivo de la difusión de su Primer Informe de Labores fuera del ámbito geográfico de su responsabilidad y de la temporalidad permitida.
Al resolver el SUP-RAP- 493/2016 y acumulado, las Magistradas y los Magistrados resolvieron que no se le debe fincar responsabilidad al mandatario estatal, ya que ”el Gobernador del Estado de Chiapas no es responsable necesariamente de la actividad que, en ejercicio de sus atribuciones, realice el titular del Instituto de Comunicación Social de esta entidad federativa, dado que el actuar de este último funcionario deriva de las políticas que en materia de comunicación social establece él mismo, de conformidad con lo ordenado expresamente por los artículos citados”.
De la misma manera, calificaron como infundados los agravios esgrimidos por José Luis Sánchez García, Director General del Instituto de Comunicación Social de ese Estado, pues en virtud de la normatividad que regula el Instituto de Comunicación Social, este funcionario fue responsable de la publicidad que se difundió con relación al Primer Informe de Gobierno, por lo que se confirmó el acuerdo controvertido.