Qué pasa si un candidato declina a favor de otro en las Elecciones 2024./Kevin Talancón./Telediario
Historia de Luz • Animal Político
CIUDAD DE MEXICO, 28 de mayo de 2024./ Luz • Animal Político.- En este proceso electoral ha habido propuestas hacia ciertas candidaturas para que declinen a favor de otras. Incluso en algunos casos esto ya ha ocurrido pero ¿qué dice la ley sobre la declinación?
Alejandro Moreno, aspirante plurinominal al Senado de la República propuso renunciar a la dirigencia del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a su candidatura si Jorge Álvarez Máynez, declinaba a favor de Xóchitl Gálvez en las elecciones presidenciales.
Luis Donaldo Colosio Riojas, candidato a senador por Movimiento Ciudadano, insistió en que Jorge Álvarez Máynez o Xóchitl Gálvez deberían declinar para consolidar a la oposición.
Mientras que a nivel local, ya sea en gubernaturas, alcaldías o municipios, ya ha habido candidaturas que en este proceso electoral han declinado a favor de otras. Incluso existieron rumores de que en la alcaldía de Monterrey, Patricio Zambrano podría declinar por Mariana Rodríguez pero él lo descartó.
En El Sabueso consultamos a especialistas y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) para explicarte qué sucede si la declinación ocurre en un proceso electoral.
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La declinación no existe en la ley
Georgina De la Fuente, especialista en elecciones que forma parte de la Red de Politólogas, nos explica que la figura de la declinación no existe en las leyes.
“Es un tema más de estrategia de comunicación política, más que una figura legal; es decir, no hay nada en nuestra ley electoral que prevea alguna situación en la que un candidato o candidata pueda declinar en favor de otros y, mucho menos, que eso tenga algún impacto en los cómputos”, dice De la Fuente en entrevista con El Sabueso.
Sin embargo, tampoco está prohibido hacerlo. Por ejemplo, Jazmín López, candidata del Partido de la Revolución Democrática (PRD) a la gubernatura de Yucatán, declinó a favor de Joaquín Díaz Mena, candidato de Morena a gobernar ese estado.
La especialista que forma parte de Laboratorio Electoral aclara que, si bien un candidato o candidata puede hacer un llamado a sus simpatizantes a apoyar a otra candidatura con la que compite, esto no significa que sus votos se transfieran automáticamente.
“Se cree erróneamente que una declinación tendría un efecto de pasar los votos a los de otra candidatura pero no hay nada en la ley que así lo diga”, agrega la experta.
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¿Qué es lo que sí contempla la ley?
El artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales habla de que si una candidatura renuncia debe notificarlo al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) o ante el órgano electoral de su entidad, de tratarse de un cargo local.
El partido político que registró esa candidatura puede hacer una sustitución siempre y cuando la renuncia ocurra 30 días naturales antes de la elección. Pero en este proceso electoral, el plazo ya venció desde el 3 de mayo.
“Cuando hay una candidatura registrada de manera oficial esa persona no deja de ser candidata a menos que se registre una renuncia o se haga una cancelación de candidatura. Hay unos casos extremos que prevé la ley, por ejemplo, la muerte”, explica Georgina De la Fuente.
El artículo 241 de dicha ley establece que vencido el plazo de 30 días que las candidaturas tienen para renunciar, “exclusivamente podrán sustituirlas por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia”.
Al no ser una figura contemplada en la ley, la declinación tampoco supone un cambio en las boletas electorales. Ni siquiera ocurre esto en caso de sustitución de candidaturas.
“No habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro o sustitución de uno o más candidatos, si éstas ya estuvieran impresas. En todo caso, los votos contarán para los partidos políticos y los candidatos que estuviesen legalmente registrados ante los Consejos General, locales o distritales correspondientes”, se lee en el artículo 267 de dicha ley.
Georgina De la Fuente advierte que declinar por una candidatura puede hacer que la ciudadanía decida ya no participar en las elecciones o que incluso no se entere. Por lo que llama a la integridad, comunicación y transparencia en el proceso electoral.
Qué pasa si un candidato declina a favor de otro en las Elecciones 2024
Historia de Kevin Talancón./Telediario
Las especulaciones de que el candidato presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, decline a favor de la abanderada de oposición, Xóchitl Gálvez, se dispararon luego de las declaraciones del presidente nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro Moreno, Alito, quien se lo solicitó abiertamente.
Durante una conferencia realizada el 14 de mayo, el presidente nacional del PRI, Alito Moreno, llamó a Jorge Álvarez Máynez a que decline a favor de Xóchitl Gálvez y le entregue los espacios en medios de comunicación para llamar al voto a favor de la coalición Fuerza y Corazón por México.
Las declaraciones de Alito llegaron luego de que, en días pasados, Jorge Álvarez Máynez aseguró que estaría dispuesto a contemplar la posibilidad de aceptar que Xóchitl declinara a su favor, pero sólo si Moreno renunciaba a la presidencia del PRI y Marko Cortés a la de Acción Nacional (PAN).
Sin embargo, ya a sólo unos días de las elecciones presidenciales de 2024, salta la duda de si es posible que alguno de los tres candidatos abandone su lugar en las campañas y, por defecto, pueda declinar a favor de otro candidato, haciendo efectivo el llamado como voto útil. En TELEDIARIO te lo explicamos.
¿Qué pasa si un candidato declina en elecciones México 2024?
Como tal, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no contempla un escenario en el que un candidato pueda declinar a favor de otro. No obstante, sí explica qué es lo que ocurre cuando un candidato decide abandonar la carrera por un cargo público, en este caso, la presidencia.
De acuerdo con el artículo 241 de la citada ley, para que un candidato renuncie deberá de hacérselo saber por escrito al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) o, si así se necesita, al órgano electoral de un estado.
Si el partido quiere reemplazar con otra persona al candidato que renunció, el abandono del cargo deberá realizarse, por lo menos, 30 días antes de la elección en la que se supone iba a participar.
En caso de que la renuncia se presente dentro de los 30 días previos a las votaciones, el candidato no podrá ser reemplazado ante el INE. Esto sólo podrá ser cambiado si el abanderado oficial muere, es inhabilitado o tiene una incapacidad.
Entonces, que un candidato decline es más un hecho simbólico y suele ocurrir cuando se busca llamar al voto útil y, así, derrotar a la opción que domina las preferencias.
¿Qué es el voto útil en las elecciones 2024?
Como lo mencionamos, el voto útil es cuando, generalmente en un proceso electoral, un candidato decide dejar de participar en las elecciones, tratando de que sus simpatizantes se sume a otro que tenga más posibilidades de vencer a otra opción no preferida.
En este caso, por ejemplo, sería que Jorge Máynez o Xóchitl Gálvez abandonen su candidatura para juntar sus preferencias y tratar de derrotar a Claudia Sheinbaum, quien lidera la mayoría de las encuestas.
“Voto que ante una decisión se emite a favor de una opción que, aun no siendo la preferida, tiene mayores posibilidades de derrotar a otra cuyo triunfo no se desea”, define la Real Academia Española.