+ Luis Ignacio Avendaño y Mario Guillén coincidieron que la iniciativa de la Presidenta de México favorece a los sectores históricamente más pobres.
TUXTLA GUTIÉRREZ, Chiapas; 03 de noviembre de 2024.- El programa de vivienda digna, que planea de inicio la construcción de un millón de hogares que se ofertarán a bajo costo, representa un acto de justicia social para las y los trabajadores de México, coincidieron los diputados Luis Ignacio Avendaño Bermúdez y Mario Guillén Guillén, presidentes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado y de la Junta de Coordinación Política, respectivamente.
Enfatizaron que la iniciativa de la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, representa la continuidad en los trabajos de la Cuarta Transformación, donde se privilegia el bienestar de la población, en especial de los sectores históricamente desfavorecidos.
Al abundar respecto a la reforma en materia de vivienda, el diputado Luis Ignacio Avendaño Bermúdez señaló: “La vivienda estará ahora al alcance de los que menos tienen”.
Esta iniciativa -precisó Avendaño Bermúdez- adiciona un párrafo al artículo 123 constitucional, en materia de derechos laborales, pero también en materia de vivienda, así, los trabajadores, tendrán un acceso más pronto, expedito y más fácil, para que puedan tener un patrimonio.
El diputado Mario Guillén Guillén destacó que con esta medida los trabajadores tendrán la posibilidad de adquirir -en arrendamiento-, una propiedad digna, cuyo pago no exceda del 30 por ciento de su salario.
Hay que recordar -subrayó- que la Presidenta Claudia Sheinbaum anunció al inicio de su mandato el compromiso de la construcción de más de 1 millón de viviendas en la República, una iniciativa a la que la Sexagésima Novena Legislatura se ha sumado.
Cabe destacar que, en sesión extraordinaria, el pleno de la Sexagésima Novena Legislatura aprobó en días pasados, el proyecto de decreto por el que el que se reforman los párrafos primero y actual segundo y se adicionan los párrafos segundo, cuarto y quinto, recorriéndose los subsecuentes en su orden a la fracción XII del apartado A del artículo 123 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vivienda para las personas trabajadoras.